La consulta indígena y la planta de amoniaco en Topolobampo, Ahome, Sinaloa.


Para considerar;
La consulta indígena y la planta de amoniaco en Topolobampo, Ahome, Sinaloa.

En días recientes conocimos la noticia de que autoridades tradicionales indígenas desistían de la demanda interpuesta para que cese la construcción de una planta de amoniaco en la bahía de Topolobampo, Ahome, Sinaloa, renunciando con esto a la exigencia de que se respete el derecho humano colectivo a la consulta previa, libre, informada, de buena fé y culturalmente apropiada en los actos administrativos o legislativos que sean susceptibles de afectarlos, establecidos en el convenio 169 de la OIT.
El primer punto: la obligación de consultar es del Estado, y no del particular (promovente);  es decir la dependencia que emita el permiso u otorgue el uso, goce o concesión  para la operación de cualquier proyecto, esto constituye el acto administrativo a consultar, en este caso SEMARNAT antes de otorgar cualquier autorización en materia ambiental, debió condicionar el inicio del proyecto con el cumplimiento de la consulta indígena.
Segundo punto: el desistimiento por parte de los gobernadores tradicionales indígenas; el acto que se reclama es la violación o incumplimiento de un derecho humano, pero, una de las características de los derechos humanos es la inalienabilidad, es decir que son irrenunciables, nadie se puede desprender o prescindir de ellos, ni por voluntad propia, los juzgados que conocieron del caso y  SEMARNAT, deben tener en cuenta que se trata de un caso que atañe a las comunidades indígenas de la bahía de Topolobampo, y que en ella confluye además del centro ceremonial de Lázaro Cárdenas, los centros ceremoniales de Ohuira, El Carrizo Grande y El Cerro Cabezón.
Hasta el momento hay tres cosas claras, un megaproyecto en marcha, la existencia de sujeto de consulta y la falta de una consulta acorde a los estándares internacionales y con las características mencionadas en el primer párrafo de este escrito.

Les comparto mi opinión y puntos a considerar.

L.C. Martin Servando Bojórquez Ruiz.

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